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Trabajaban 12 horas por día sin registro ni descansos: la Justicia de El Bolsón reconoció despidos indirectos y ordenó indemnizar a los peones rurales

Los trabajadores rurales habían llegado a El Bolsón desde otra provincia con la promesa de empleo estable y vivienda digna, pero se encontraron con jornadas extensas, malos tratos y alojamiento inadecuado. Ante el engaño, se dieron por despedidos y reclamaron ante las autoridades laborales de la zona y luego ante la Justicia. El empleador no se presentó en el juicio.

Dos trabajadores rurales que llegaron desde otra provincia a la zona de El Bolsón con la promesa de un empleo estable, vivienda y condiciones dignas terminaron considerándose despedidos tras enfrentar una realidad muy distinta a la ofrecida. La Justicia les dio la razón y reconoció un «despido indirecto» luego de acreditar que el vínculo laboral se desarrolló en la informalidad, con jornadas de 12 horas diarias que se extendían desde las 8 de la mañana hasta las 20, actividad incluso los fines de semana y sin descansos compensatorios. El fallo, que aún puede ser apelado, ordenó el pago de indemnizaciones y sanciones económicas por empleo no registrado.

Según se reconstruyó en el expediente judicial, los dos peones rurales comenzaron a trabajar en diciembre de 2020 en una chacra ubicada en Costa del Río Azul, en Mallín Ahogado Alto, en cercanías a El Bolsón. Allí realizaban tareas generales vinculadas a la producción agrícola, que incluían cosecha, poda, desmalezamiento, mantenimiento y labores de embalaje. El acuerdo inicial contemplaba trabajo durante la temporada y un lugar para vivir, pero el escenario que encontraron fue muy distinto. La relación laboral nunca fue registrada: no estaban inscriptos formalmente, no se realizaban aportes y el vínculo carecía de respaldo legal.

El lugar de alojamiento también formó parte del conflicto. Los trabajadores residían dentro del mismo predio rural en condiciones que describieron como inadecuadas, lo que profundizó el malestar con el paso del tiempo. A eso se sumaron denuncias por malos tratos y un episodio que derivó en la intervención de las autoridades de Trabajo en la zona, lo que marcó un punto de inflexión en la relación. Frente a esa situación, intimaron al empleador a regularizar el vínculo laboral, abonar diferencias salariales, registrar la relación y cumplir con las obligaciones legales, además de exigir la entrega de documentación y el cese de las conductas denunciadas.

La respuesta del empleador no resolvió el conflicto. Ante la falta de cumplimiento, los trabajadores decidieron considerarse despedidos por responsabilidad patronal y avanzaron con una demanda judicial para reclamar las indemnizaciones correspondientes. El proceso avanzó sin la participación del empleador, quien no se presentó ni contestó la demanda. Esa ausencia permitió al juzgado tener por acreditados los hechos relatados por los trabajadores, en tanto no fueron controvertidos. La sentencia consideró probada la existencia de la relación laboral, su falta de registración y las condiciones irregulares en las que se desarrolló.

El fallo reconoció indemnizaciones por antigüedad, preaviso, integración del mes de despido, vacaciones y aguinaldo, además de sanciones económicas por empleo no registrado y por haber obligado a los trabajadores a recurrir a la vía judicial. También ordenó la entrega de la documentación laboral correspondiente en un plazo determinado, bajo apercibimiento de aplicar multas en caso de incumplimiento. El monto total de la indemnización no quedó fijado en esta etapa y será determinado en una instancia posterior de liquidación, donde se calcularán los distintos rubros junto con los intereses. El fallo de primera instancia no está firme porque puede ser apelado.

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