
El Decreto 604/2026 modificó el régimen aduanero de envíos postales, eliminando una tasa del 50% y estableciendo una franquicia común para compras personales de hasta 400 dólares.
El Poder Ejecutivo Nacional, a través del Decreto 604/2026 publicado en el Boletín Oficial, introdujo modificaciones al Decreto 1001/82 que regulan el ingreso de mercadería por envíos postales. La medida establece una franquicia común para compras personales desde el exterior, sin distinción entre el Correo Argentino y empresas privadas.
Según el texto oficial, se fijó una exención de derechos de importación y tasa de estadística para paquetes de hasta 400 dólares por envío, con un máximo de cinco operaciones por año. Además, se eliminó la tasa del 50% que se aplicaba sobre el valor de la mercadería ingresada mediante el operador postal oficial.
La norma iguala las condiciones tributarias entre el servicio postal estatal y los servicios no estatales. También reglamentó las exportaciones comerciales por vía postal sin límites de valor, modalidad que hasta ahora carecía de un criterio específico. Los paquetes destinados a ayuda familiar o regalos personales quedarán exentos de tributos cuando el valor acumulado por cada remitente no supere los 5.000 dólares mensuales.
La reglamentación de normas de aduana complementarias quedó a cargo de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA). El país integra la Unión Postal Universal desde 1887.



