El juez federal a cargo del Juzgado Criminal y Correccional N° 12 citó a declarar al desplazado titular de la UOM, Abel Furlán y a Soledad Calle por un presunto perjuicio millonario al sindicato y a su obra social. La resolución también dispone la inhibición general de bienes de los acusados y de la propia Unión Obrera Metalúrgica, e investiga los viajes de los involucrados.
A través de un extenso documento judicial fechado el 6 de noviembre, el Juzgado Criminal y Correccional Federal N° 12, Secretaría 24, convocó a prestar declaración indagatoria como personajes resonantes a Abel Furlán y a Soledad Calle. Se les imputa haber tomado parte en una maniobra de administración infiel que habría perjudicado los intereses patrimoniales de la Unión Obrera Metalúrgica de la República Argentina (UOM) y de su Obra Social (OSUOMRA), procurando un beneficio económico indebido a favor de la empresa USEM S.A.
El eje central de la investigación es el contrato de «ubicación de servicios» celebrado el 27 de febrero de 2023 entre el sindicato, la obra social y USEM S.A., que tenía una duración prevista de diez años. Según el dictamen, desde la cúpula de la UOM rubricaron el acuerdo que otorgó a la firma privada la gestión operativa de los fondos provenientes de los aportes sindicales y de los circuitos de pago de la obra social, incluyendo la administración de cuentas bancarias y la validación de desembolsos.

Uno de los puntos más comprometedores que detalla el fallo es el conflicto de intereses. USEM S.A. fue constituida apenas 82 días antes de la firma del contrato, el 7 de diciembre de 2022, y sus únicos accionistas eran Adalberto Braconi (presidente) y María Soledad Calle (directora suplente), esta última empleada en relación de dependencia de la propia UOM al momento de la contratación. El documento remarca que no se acreditó la realización de una compulsa competitiva, comparación de precios ni mecanismos para tratar esta incompatibilidad, lo que derivó en condiciones presuntamente desventajosas para el sindicato, como un esquema de retribución porcentual y una asimetría en las facultades de rescisión.
La resolución judicial señala que, durante la ejecución del contrato, USEM S.A. se habría limitado a recibir instrucciones y precargar operaciones, sin evidencia suficiente de que haya cumplido con las prestaciones sustantivas asumidas, particularmente las tareas de análisis, auditoría y validación de las obligaciones de pago. A pesar de tener una estructura operativa reducida, la empresa presentaba elevados márgenes de rentabilidad. Para la Justicia, estas circunstancias, junto a la falta de controles, permiten sospechar la existencia de un sobrecosto soportado por los patrimonios administrados por la conducción sindical.
Frente a la gravedad de los hechos y el estado de sospecha alcanzado, el magistrado no solo convocó a los imputados, sino que también decretó medidas cautelares extremas para asegurar el proceso. Dispuso la inhibición general de bienes de los seis acusados y de la propia UOMRA, además del bloqueo de cajas de seguridad y la prohibición de innovar sobre la composición accionaria de USEM S.A. Asimismo, se ordenó profundizar la investigación sobre los movimientos migratorios y los viajes al exterior de Furlán, Calle, Braconi y Lobato durante el período en que se ejecutó el contrato, para determinar si se utilizaron fondos de las entidades para costear dichos desplazamientos.



