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El Gobierno modificó los requisitos para cobrar un plan social: quiénes ya no podrán acceder

El Gobierno nacional oficializó nuevos cambios en el Programa de Acompañamiento Social y confirmó qué personas dejarán de poder acceder al beneficio.

El Gobierno nacional oficializó nuevos cambios en el Programa de Acompañamiento Social y confirmó qué personas dejarán de poder acceder al beneficio. La medida fue publicada en el Boletín Oficial y apunta a unificar los criterios de incompatibilidad vinculados a la situación penal de los titulares del plan social.

El programa, dependiente del Ministerio de Capital Humano, está destinado a personas mayores de 50 años y madres de cuatro o más hijos menores de 18 años que atraviesan situaciones de vulnerabilidad social.

Programa de Acompañamiento Social: qué cambió con la nueva resolución

La modificación fue establecida mediante la Resolución 209/2026, firmada por la ministra Sandra Pettovello. Según el texto oficial, el objetivo es “unificar, integrar y actualizar” las incompatibilidades relacionadas con causas penales dentro del programa.

Desde el Gobierno señalaron que estas restricciones ya existían en distintas normativas, aunque estaban dispersas en diferentes resoluciones. La nueva medida incorpora todos los criterios dentro del artículo 9° del Anexo II de los lineamientos generales del programa, con el objetivo de ordenar y unificar el marco regulatorio.

Quiénes no podrán cobrar el Programa de Acompañamiento Social

A partir de ahora, quedarán excluidas del beneficio las personas que se encuentren en alguna de estas situaciones:

  • Prófugos de la Justicia penal o correccional, tanto nacional como provincial o federal.
  • Personas detenidas a disposición del Poder Judicial, mientras dure la detención.
  • Personas condenadas con sentencia firme que estén cumpliendo una pena, hasta completar la condena.

De esta manera, el Ministerio de Capital Humano avanzó con una actualización de los requisitos para acceder al programa social.

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