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El Gobierno convocó a la Comisión de Casas Particulares para revisar los salarios de empleadas domésticas

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares se reunirá el viernes 21 de agosto a las 14 para definir nuevos aumentos salariales. Hasta entonces, rigen las escalas vigentes.

El Gobierno convocó a la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares para revisar los salarios de las empleadas domésticas. La reunión en la que se definirán los nuevos aumentos quedó fijada para este viernes 21 de agosto a las 14. Hasta que haya un nuevo acuerdo, rigen las escalas actuales.

Último aumento para empleadas domésticas

El último acuerdo salarial se definió en abril y contempló un aumento del 6,4% en tres tramos. Las trabajadoras que cobran por mes recibieron el último tramo del aumento a principios de julio. El acuerdo también estableció una suma no remunerativa de $20.000 para quienes trabajan más de 16 horas semanales. Ahora, la Comisión vuelve a reunirse para revisar los salarios y establecer los nuevos valores.

Escalas salariales vigentes

A la espera de la nueva actualización, las escalas salariales vigentes se ubican entre $505.302,76 y $553.725,91, según la categoría y la modalidad de trabajo. Para quienes cobran por hora, los valores parten de $4.438,77. Los montos varían de acuerdo con las tareas realizadas y con la modalidad con retiro o sin retiro. Además, la escala establece valores diferentes para quienes cobran por hora y quienes tienen una remuneración mensual.

Categorías de empleadas domésticas

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares establece cinco categorías según el tipo de tareas que realiza cada trabajador:

  • Supervisor: coordina y controla las tareas de dos o más personas a su cargo. Corresponde a la primera categoría.
  • Personal para tareas específicas: incluye a quienes realizan tareas que requieren una especial idoneidad, como los cocineros contratados exclusivamente para esa función. Es la segunda categoría.
  • Caseros: realizan tareas vinculadas con el cuidado general y la preservación de una vivienda en la que habitan como parte de su actividad laboral. Integran la tercera categoría.
  • Asistencia y cuidado de personas: comprende la asistencia y el cuidado no terapéutico de personas enfermas, con discapacidad, niños, niñas y adolescentes y adultos mayores. Es la cuarta categoría.
  • Personal para tareas generales: incluye limpieza, lavado, planchado, mantenimiento, cocina y otras actividades típicas de una casa particular. Corresponde a la quinta categoría.

Quién define los aumentos

La Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares está integrada por representantes de los trabajadores, los empleadores y distintos organismos del Estado. También participan representantes de los ministerios de Economía y Capital Humano y de la Secretaría de Trabajo, que ejerce la presidencia de la comisión y tiene a su cargo las tareas de soporte legal, técnico y administrativo.

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